Palma cuenta ya con una nueva herramienta para combatir el incivismo, la Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica

24 de abril de 2025

El pleno del Ajuntament de Palma ha aprobado este jueves, de forma definitiva, la Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica. De esta manera, se da luz verde a una nueva normativa completa y ambiciosa propuesta por parte del Partido Popular de Palma. Así, se cumple uno de los puntos claves de la hoja de ruta del alcalde de Palma, Jaime Martínez, para dotar de las herramientas jurídicas necesarias para luchar contra el incivismo en la ciudad. 
El documento, que entrará en vigor a partir de los 15 días hábiles después de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB), responde a la voluntad del equipo de gobierno municipal de combatir las actitudes y comportamientos incívicos, con el objetivo de hacer de Palma una ciudad segura, ordenada y respetuosa. 

Líneas de la Ordenanza Cívica
En esta línea, prohíbe en el espacio público todas aquellas conductas de desprecio a la dignidad de las personas y contra la igualdad por motivos de raza, género, orientación sexual, ideología, religión o situación socioeconómica. También las conductas de agresión o asedio a menores de edad, así como la exhibición y colocación de elementos y objetos que supongan desprecio o discriminación, que inciten al consumo de estupefacientes o alcohol, o que promuevan la incitación ofensiva del sexo. 


La normativa actúa también contra las pintadas vandálicas en los equipamientos o elementos del servicio público.


Asimismo, actúa contra la colocación indebida de carteles, la distribución descontrolada de publicidad o el uso inapropiado de mobiliario urbano, y prohíbe en el espacio público prácticas de apuestas o ‘trile’.  Se establecen límites a actuaciones en la vía pública que puedan alterar el descanso vecinal o la puesta en funcionamiento de equipos de sonido o amplificadores sin la correspondiente autorización municipal. 

Uno de las novedades más relevante en lo que respecta a las visitas turísticas guiadas, se restringen a un máximo de 35 personas con guía incluido, recomendándose el uso de audioguías. Cabe recordar que en este apartado se ha establecido que las normas entren en vigor a partir del 1 de enero de 2026, para garantizar la seguridad jurídica de los operadores durante la actual temporada turística.


Con el objetivo de reducir la presencia de residuos en la vía pública y promover una ciudad más limpia, la nueva normativa establece la prohibición de verter basura o escombros en la vía pública, así como el abandono de residuos procedentes de viviendas.

En esta línea, los establecimientos, tanto fijos como móviles, que ofrezcan comida para llevar deberán garantizar la limpieza en un radio de 25 metros alrededor de sus instalaciones. También deberán reducir el uso de materiales de un solo uso, disponer de papeleras propias y aplicar medidas que eviten la acumulación de residuos.

Por otra parte, se refuerzan las medidas dirigidas a preservar la convivencia ciudadana. Así, se prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública cuando altere la convivencia o implique a menores de edad. También queda prohibida la promoción o incitación al consumo en exteriores de comercios, así como la práctica del botellón, el consumo de sustancias estupefacientes o los agrupamientos que perturben la tranquilidad del entorno.

En lo que respecta al uso de caravanas y autocaravanas, solo estará permitida su acampada en los espacios expresamente habilitados. Se prohíbe el estacionamiento prolongado de estos vehículos si no cumplen con determinadas condiciones, como mantener el contacto con el suelo exclusivamente mediante las ruedas, sin usar elementos estabilizadores ni dispositivos externos. También se limita cualquier actividad que exceda el perímetro del vehículo, como la instalación de toldos, mesas o barbacoas, y se exige evitar emisiones de ruido, olores o vibraciones.

Se fija un máximo de diez días consecutivos para el estacionamiento en un mismo lugar y se prohíbe dejar remolques sin vehículo tractor. En el caso de personas en situación de vulnerabilidad social, estas infracciones no conllevarán sanciones económicas.

La ordenanza también regula el uso de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. No podrán circular por aceras, jardines, plazas ni zonas peatonales. Será obligatorio el uso del casco, el seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros, y un chaleco reflectante homologado. Solo se permite su uso a partir de los 16 años (o 15 con carné AM).

Los VMP podrán circular por calzadas limitadas a 30 o 40 km/h, sin superar los 25 km/h, por carriles bici hasta 10 km/h, y hasta 15 km/h en los carriles junto a la acera. Las empresas de alquiler deberán identificar los vehículos, contar con un seguro de 800.000 euros y solicitar autorización municipal para grupos de más de tres personas.

Asimismo, se prohíben prácticas que comprometan la seguridad o el uso adecuado del espacio público, como el balconing, el parkour urbano, el baño en espigones o el uso de jabones en duchas de playas. También queda restringido circular sin la parte superior del cuerpo cubierta fuera de espacios habilitados, así como la acampada en la vía pública o el uso inadecuado del mobiliario urbano.

Las motocicletas deberán aparcar en batería, y no se podrá acceder a los parques fuera del horario permitido ni circular por zonas ajardinadas. Igualmente, queda prohibido utilizar fuentes o elementos ornamentales acuáticos con fines distintos a los previstos.

Esta normativa refleja un enfoque preventivo, centrado en promover el civismo mediante la mediación, especialmente en casos que involucren a menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad.

A estas medidas se suman otras iniciativas en materia de seguridad ciudadana, como la incorporación de 270 nuevos agentes de Policía Local o la creación del Equipo Comunitario de Proximidad, con el objetivo de reforzar la presencia en los barrios y avanzar hacia una Palma más ordenada, limpia y respetuosa con la convivencia.

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