IBI - IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Bonificación del 50% a los inmuebles de interés patrimonial que tengan actividades o uso residencial.
Bonificación del 90% para la vivienda habitual de hasta 200.000 € (del 50% para los de valor superior) y ostenten la condición de familia numerosa.
Bonificación del 95% a los inmuebles que alberguen actividades culturales como: museos, teatros, librerías o galerías de arte.
Bonificación del 95% para los propietarios de inmuebles destinados al alquiler social y/o protección pública.
Bonificación del 95% los inmuebles privados que desarrollen actividades sociales como: residencias, asociaciones de la tercera edad, fundaciones, ONGs y entidades orientadas a la inclusión de los colectivos vulnerables.
Bonificación del 25% a quienes tengan puntos de recarga de vehículos en sus inmuebles y no sean obligatorios.
No se cobrará el IBI a los propietarios de viviendas okupadas.
Bonificación del 95% a las Viviendas de Protección Oficial y/o pública.
IAE – IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Bonificación de hasta el 50% a aquellas empresas que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo.
Bonificación del 95% a las empresas que desarrollen actividades económicas de carácter social como: residencias, asociaciones de la tercera edad, fundaciones, ONGs y entidades orientadas a la inclusión de los colectivos vulnerables.
Bonificación de hasta el 50% a las empresas cuyo rendimiento neto haya sido negativo o inferior a la cantidad que determine el Ayuntamiento.
Bonificación del 95% a las empresas que desarrollen actividades económicas de interés patrimonial que tengan actividades o uso residencial.
Bonificación del 95% a las empresas que desarrollen actividades económicas de carácter cultural como: museos, teatros, librerías o galerías de arte.
Bonificación del 25% a las empresas que hayan instalado puntos de recarga para vehículos y no sea obligatorio.
Bonificación del 25% a las empresas que:
I Utilicen o produzcan energía renovable
con instalaciones como placas solares.
II Desarrollen su actividad en locales alejados de las zonas urbanas y residenciales. Por ejemplo, empresas que se instalen en polígonos.
III Implementen un plan de transporte para que los trabajadores puedan llegar a la empresa sin tener que utilizar el coche particular o que fomenten el uso del transporte público.
ICIO + TASA – IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
Bonificación del 95% a las construcciones, instalaciones u obras privadas de carácter social como: residencias, asociaciones de la tercera edad, fundaciones, ONGs y entidades orientadas a la inclusión de los colectivos vulnerables.
Bonificaremos las construcciones, instalaciones u obras privadas de interés patrimonial que tengan actividades o uso residencial.
Bonificación del 95% a las construcciones, instalaciones u obras privadas de carácter cultural como: museos, teatros librerías o galerías de artes.
PLUSVALÍA
Bonificaremos al 95% las sucesiones entre padres e hijos, abuelos y nietos y cónyuges.
Bonificación del 95% en la transmisión de terrenos sobre los que se desarrollen actividades económicas de carácter social, cultural o patrimonial.
Palma de Mallorca
Tel:
971 71 23 48
juntaterritorialpalm@pp.es
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